sábado, 2 de agosto de 2008

Combo: Temas que queman! y foto del día


Roberto Porretti encontró la llave de su libertad, al menos por ahora, a partir de una interpretación judicial que señala que la conversación que mantuvo con los denunciantes, que fue registrada con una cámara y un grabador ocultos, es violatoria de su intimidad y por eso debe ser desechada como prueba en su contra. El segundo argumento del juez para descartar la filmación es que los empresarios indujeron a Porretti a cometer el delito del que lo acusan, aunque sea en grado de tentativa. Pero, en cuanto a la violación del derecho a la intimidad, las razones del juez de Dolores Gastón Eduardo Giles chocan con 15 años de jurisprudencia de la Cámara Federal porteña y de la propia Corte Suprema de Justicia que desde la década del 50 reconoce el valor de estas grabaciones como pruebas en un proceso.
De hecho, la Cámara Federal porteña entendió que las conversaciones registradas con una cámara oculta son similares a las comunicaciones privadas entre dos personas, una de las cuales decide hacerlas públicas y la otra asume el riesgo de que así sea.
El juez Giles señala que los denunciantes acordaron una reunión privada con Porretti y el registro de lo charlado no tuvo control judicial. Dice el juez que se trataba de una charla confidencial entre contribuyentes y el intendente para hablar de una deuda impositiva. Pero esto contradice la necesidad de transparentar la gestión pública de un funcionario que atiende a los denunciantes en su despacho de intendente.
El constitucionalista Gregorio Badeni explicó: "Las grabaciones son prueba contundente si se hacen con control judicial; en el caso de que se hagan sin control, son prueba que tiene presunción de verosimilitud. El derecho a la privacidad cede ante el interés de la sociedad por la probable comisión de un delito". Si la víctima es la que graba, además, está legitimado.
Coincide el experto en derecho procesal Francisco D Albora: "Cuando está en juego la defensa de la víctima de una extorsión y no puede probarlo de otra manera, se privilegia este medio de prueba. El agente provocador es una cosa diferente. El de la intimidad no es un derecho absoluto. Si no, ¿qué posibilidad de prueba le queda a quien es víctima de una extorsión?".
El abogado Hugo Wortman Jofré, experto en cámaras ocultas, coincide, pero advierte que, según la Corte, "la grabación es válida si en la conversación el acusado desnuda su ilicitud. A juzgar por los antecedentes, este caso, que será revisado por otro tribunal, no es de aquellos en que la mitad de la biblioteca dice una cosa y la otra mitad lo contrario.
Diario La Nación

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